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Licencias de actividad para
Oficinas
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A efectos de licencias de actividad en el Ayuntamiento de Madrid, se entiende por oficinas aquellos establecimientos destinados al servicio administrativo, financiero o servicio de venta, tales como oficinas, agencias de viaje, sucursales bancarias, etc.
- El Plan General de Ordenación Urbana de Madrid (PGOUM)
- Ordenanza 4/2021, de 30 de marzo, de Calidad del Aire y Sostenibilidad
- Seguridad en caso de Incendio (CTE-DB-SI)
- Seguridad de Utilización y Accesibilidad (CTE-DB-SUA).
- Ordenanza de Protección contra la Contaminación Acústica y Térmica(OPCAT)
- Ordenanza de Protección de la Salubridad Pública en la Ciudad de Madrid, de 28 de mayo de 2014
- Ordenanza Reguladora de la Publicidad Exterior, de 30 de enero de 2009
En LICMAD tenemos una gran experiencia en la tramitación de este tipo de recintos, tanto de pequeñas oficinas en edificios compartidos con otros usos, como de plantas enteras o edificios completos de oficinas, así como de todo tipo de locales comerciales destinados al uso administrativo, financiero o de servicio de venta que se engloban en el uso oficina, como agencias de viaje, sucursales bancarias, etc.
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¿Una oficina necesita licencia de apertura?
Sí, una oficina necesita una licencia de apertura para poder operar legalmente. Esta licencia es un permiso otorgado por el ayuntamiento local que certifica que el local cumple con todas las normativas urbanísticas, de seguridad y salubridad exigidas.
La obtención de esta licencia implica la presentación de una serie de documentos, como planos del local, certificados de instalaciones y, en algunos casos, la realización de inspecciones técnicas. Este proceso garantiza que la actividad de oficina se desarrolle en un entorno seguro y adecuado para trabajadores y visitantes.
¿Se puede cambiar la licencia oficina a vivienda?
Cambiar la licencia de una oficina a una vivienda es posible, pero requiere seguir un procedimiento específico que puede variar según el municipio. Este proceso, conocido como cambio de uso, implica cumplir con una serie de requisitos urbanísticos y técnicos.
Es necesario presentar un proyecto técnico al ayuntamiento que demuestre que el local cumple con todas las normativas de habitabilidad, como accesibilidad, ventilación, iluminación y seguridad. Además, puede ser necesario realizar reformas para adaptar el espacio a las condiciones exigidas para una vivienda. Una vez cumplidos estos requisitos y obtenidos los permisos correspondientes, el cambio de uso puede ser autorizado.