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Licencias de actividad para
Locutorios
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A efectos de licencias de actividad en el Ayuntamiento de Madrid, se entiende por locutorios aquellos establecimientos abiertos al público que tienen por objeto ofrecer servicios de telecomunicaciones de cualquier tipo, tales como telefonía básica, videoconferencia, fax, acceso a internet, etc.
En este tipo de establecimientos deberá tenerse en cuenta toda la normativa de aplicación, debiendo prestar especial atención a:
- El Plan General de Ordenación Urbana de Madrid (PGOUM)
- Ordenanza 4/2021, de 30 de marzo, de Calidad del Aire y Sostenibilidad
- Seguridad en caso de Incendio (CTE-DB-SI)
- Seguridad de Utilización y Accesibilidad (CTE-DB-SUA).
- Ordenanza de Protección contra la Contaminación Acústica y Térmica(OPCAT)
- Ordenanza de Protección de la Salubridad Pública en la Ciudad de Madrid, de 28 de mayo de 2014
- Ordenanza Reguladora de la Publicidad Exterior, de 30 de enero de 2009
En LICMAD tenemos una gran experiencia en la tramitación de licencias para locutorios. Tanto si se trata de un gran servicio de telecomunicaciones abierto al público, como de los pequeños locutorios para dar servicio a nivel de barrio, los técnicos de LICMAD tienen la experiencia y los conocimientos necesarios para guiarte en la tramitación de la licencia de actividad. De este modo, verificar que tu actividad cumple con la normativa urbanística te resultará un proceso sencillo que no te llevará más tiempo del necesario. Con tus instalaciones certificadas por LICMAD no tendrás ningún problema para ejercer tu actividad.
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¿Cómo montar un locutorio en Madrid?
Para montar un locutorio en Madrid, se requiere obtener una licencia de actividad comercial, expedida por el Ayuntamiento. Esta licencia, además de requerir una serie de trámites y documentos, incluye una tasa de licencia de apertura.
Para obtener la licencia, el solicitante debe primero registrarse en el Portal de Trámites y Servicios del Ayuntamiento de Madrid. Una vez registrado, debe completar la solicitud de licencia de actividad comercial y adjuntar los documentos requeridos (documentación personal, información financiera, plano de ubicación y descripción de la actividad).
Adicionalmente, el solicitante debe cumplir con los requisitos de localización y seguridad de la actividad. Estos requisitos dependen de la zona en la que se vaya a abrir el locutorio..
Una vez cumplimentada la solicitud, el Ayuntamiento emitirá una resolución sobre la concesión o denegación de la licencia. Si la licencia es concedida, el solicitante tendrá que abonar la tasa correspondiente antes de la apertura del locutorio.
Por último, es importante tener en cuenta que los locutorios deben cumplir con la normativa de precios y tarifas de la Comunidad de Madrid, y sujetarse a los controles e inspecciones que el Ayuntamiento pueda realizar.