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Licencias de actividad para
Colegios
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No pelees con trámites, procedimientos, burocracia y legislación, ni pierdas tiempo en el Ayuntamiento, para eso ya estamos nosotros.
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Además, LICMAD te garantiza el precio más bajo por la tramitación de la licencia ya que aplicamos los máximos descuentos legales permitidos, y facilitamos información sobre todas las ayudas y subvenciones vigentes en cada momento para que puedas beneficiarte de ellas.
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¿Un colegio necesita licencia de actividad?
Sí, un colegio necesita una licencia de actividad para operar legalmente. Esta licencia es un permiso otorgado por el ayuntamiento correspondiente que certifica que el centro educativo cumple con todas las normativas urbanísticas, de seguridad, y sanitarias necesarias.
La obtención de esta licencia es esencial para asegurar que el colegio proporciona un entorno seguro y adecuado para los estudiantes y el personal. Sin esta licencia, el colegio no puede funcionar de manera legal y podría enfrentarse a sanciones y clausura.
- El Plan General de Ordenación Urbana de Madrid (PGOUM)
- Ordenanza 4/2021, de 30 de marzo, de Calidad del Aire y Sostenibilidad
- Seguridad en caso de Incendio (CTE-DB-SI)
- Seguridad de Utilización y Accesibilidad (CTE-DB-SUA).
- Ordenanza de Protección contra la Contaminación Acústica y Térmica(OPCAT)
- Ordenanza de Protección de la Salubridad Pública en la Ciudad de Madrid, de 28 de mayo de 2014
- Ordenanza Reguladora de la Publicidad Exterior, de 30 de enero de 2009