Skip to main content

Para abrir una clínica dental en Madrid necesitas dos autorizaciones obligatorias: la autorización sanitaria de la Consejería de Sanidad de la Comunidad de Madrid y la licencia de actividad o declaración responsable del Ayuntamiento. Sin ambas, no puedes abrir al público. Este artículo explica paso a paso qué documentos necesitas, qué plazos manejar y cuánto cuestan las tasas.

¿Qué autorizaciones necesita una clínica dental en Madrid?

Las clínicas dentales son centros sanitarios sin internamiento que, al contar con equipamiento electromédico fijo (sillón odontológico, equipo de rayos X), están sujetas a un doble trámite:

  • Autorización sanitaria — la tramita la Dirección General de Inspección y Ordenación Sanitaria de la Consejería de Sanidad. Acredita que el centro cumple los requisitos técnicos y sanitarios exigidos por la normativa autonómica.
  • Licencia de actividad o declaración responsable — la tramita el Ayuntamiento del municipio donde se ubique el local. Verifica que el uso del inmueble es compatible con la actividad y que cumple la normativa urbanística.

Son procesos paralelos pero interdependientes: no puedes obtener la autorización sanitaria sin tener en regla la licencia municipal, y abrir solo con la licencia municipal no es legal. Lo habitual es gestionarlas de forma simultánea.

Fases del proceso: autorización de instalación y autorización de funcionamiento

La Consejería de Sanidad distingue dos fases:

Fase 1 — Autorización de instalación

Es obligatoria cuando se va a realizar obra nueva o hay alteraciones sustanciales en la estructura del local, y el centro contará con instalaciones electromédicas fijas (sillón dental, equipos de radiodiagnóstico). Sin esta resolución previa, no se puede solicitar la autorización de funcionamiento.

Tasa: 222,02 €

Documentación principal:

  • Documento acreditativo de la titularidad del centro (DNI si es persona física; escrituras y CIF si es persona jurídica).
  • Disponibilidad jurídica del inmueble a nombre del titular (contrato de arrendamiento, compraventa, etc.).
  • Proyecto técnico firmado por técnico competente con: memoria, justificación de cumplimiento de la Orden 1158/2018, planos de conjunto y detalle con equipamiento y unidades asistenciales, planos de instalaciones e informe de accesibilidad.
  • Cartera de servicios detallada de las actividades a realizar.
  • Inventario de equipamiento por unidad asistencial.
  • Previsión de plantilla sanitaria.

La tipología del centro que debes solicitar es C.2.5.1 Clínica Dental cuando incluya la unidad U.44 Odontología/Estomatología. Si añades cuatro o más unidades asistenciales distintas, la tipología cambia a Centro Polivalente (C.2.4).

Fase 2 — Autorización de funcionamiento

Es la que faculta al centro para abrir y prestar asistencia. Se solicita una vez obtenida la resolución de instalación. Si el local ya tenía autorización de funcionamiento previa y no se realizan obras, se puede solicitar directamente sin la fase de instalación.

Tasa: 318,27 €

Documentación principal (además de la ya aportada en la instalación):

  • Plantilla sanitaria definitiva con nombre, categoría profesional y unidad asistencial asignada. Debe incluir: título universitario u homologación, certificado de colegiación (válido 6 meses desde su emisión, no vale el carnet de colegiado) y póliza de responsabilidad civil profesional en vigor con justificante de pago.
  • Contrato de retirada de residuos sanitarios con empresa autorizada, firmado por ambas partes.
  • Comunicación previa de actividades generadoras de residuos peligrosos ante la Consejería competente en Medio Ambiente (número NIMA).
  • Documento de inscripción de los equipos de radiodiagnóstico en el Registro de Instalaciones de Rayos X (IRCAM), emitido por la dirección general de Industria.
  • Certificado de controles de la instalación efectuados por la Unidad Técnica de Protección Radiológica (UTPR).
  • Certificado de acreditación de director/operador de instalaciones radiológicas.
  • Documento que acredite la presentación del programa de garantía de calidad.

Requisitos del local

Gabinete odontológico

  • Superficie mínima de 8 m².
  • Espacio independiente, destinado en exclusiva a la actividad dental (no se puede compatibilizar con otro uso sanitario).
  • Área de preparación instrumental dentro de la sala de tratamiento.
  • Área de vaciado de impresiones, si se realiza esa actividad.
  • Para ortodoncia infantil: es posible ubicar varios sillones en el mismo gabinete.

Si se realiza actividad quirúrgica

  • Anchura de pasillos y puertas suficiente para evacuación del paciente.
  • Paredes, suelo y techo lisos, lavables y resistentes a desinfectantes y fuego.
  • Sin ángulos entre paramentos verticales y horizontales.
  • Sistema de aire acondicionado, iluminación adecuada y toma de oxígeno.
  • Lavamanos con grifo no manual (quirúrgico).
  • Sistema de dispensación automático de toallas.

Si se realiza sedación consciente

  • Sala delimitada físicamente con superficie mínima de 12 m² y lado mínimo de 3 m.
  • Paredes lavables.
  • Alimentación eléctrica alternativa capaz de mantener los equipos de electromedicina al menos 20 minutos.

Equipamiento obligatorio para una clínica dental

Cada gabinete debe contar con:

  • Sillón odontológico reclinable con posición Trendelenburg.
  • Lámpara articulada de iluminación adecuada.
  • Aire a presión con módulos de instrumental rotativos y jeringa aire-agua-spray.
  • Sistema de aspiración y escupidera o embudo escupidor conectado a dicho sistema.
  • Negatoscopio o sistema de radiología digital.
  • Equipamiento y material de urgencias con equipo de RCP básico.
  • Autoclave a vapor con controles de presión y temperatura (puede ubicarse en el propio gabinete; no es necesaria una sala de esterilización independiente).

Si se realizan actividades quirúrgicas se añaden: desfibrilador semiautomático, equipo de RCP básico, toma de oxígeno y lavamanos quirúrgico.

Personal: quién puede dirigir una clínica dental

La plantilla sanitaria debe incluir obligatoriamente a un Director Asistencial, que tiene que formar parte de la plantilla del centro (no puede ser externo). El personal habilitado para trabajar en la unidad de odontología es:

  • Graduado o Licenciado en Odontología / Estomatología.
  • Técnico Superior en Higiene Bucodental.

Si se ofrece sedación intravenosa o se atiende a pacientes clasificados como ASA III, es obligatoria la presencia de un médico especialista en Anestesiología y Reanimación.

La plantilla sanitaria debe estar expuesta al público y mantenerse actualizada. Cualquier variación requiere comunicación a la Consejería de Sanidad.

Otras obligaciones antes de abrir

  • Seguro de responsabilidad civil profesional en vigor para todos los profesionales sanitarios de la plantilla.
  • Gestión de residuos sanitarios: contrato con empresa autorizada y número NIMA registrado ante la Consejería de Medio Ambiente.
  • Protección de datos (RGPD): las historias clínicas deben cumplir la normativa vigente. Consentimiento informado firmado por odontólogo y paciente cuando sea preceptivo.
  • Orden de Visibilidad: el documento que acredita la autorización sanitaria debe estar expuesto al público.
  • Separador de amalgamas: obligatorio si se retiran amalgamas. Si no se retiran, debe colocarse un cartel informativo visible.
  • Cartel de prohibido fumar en el centro.

Renovación de la autorización

La autorización de funcionamiento debe renovarse cada ocho años. La solicitud de renovación debe presentarse con una antelación mínima de tres meses antes de la fecha de vencimiento. Si no se solicita a tiempo, la autorización pierde su vigencia y hay que iniciar el proceso desde cero.

La tasa de renovación es de 318,27 €.

¿Cuánto tiempo tardan los trámites?

Los plazos reales varían según la carga administrativa de la Consejería de Sanidad y la complejidad del expediente, pero como referencia general:

  • Autorización de instalación: entre 2 y 4 meses desde la presentación de la documentación completa.
  • Autorización de funcionamiento: entre 1 y 3 meses adicionales.
  • Licencia de actividad municipal: depende del Ayuntamiento; en Madrid capital puede situarse entre 2 y 6 meses.

En total, es habitual manejar un horizonte de 6 a 12 meses desde el inicio de los trámites hasta la apertura efectiva, más el tiempo de obra si el local requiere reforma.

¿Cuánto cuesta obtener la autorización sanitaria?

Las tasas oficiales de la Consejería de Sanidad son:

TrámiteTasa
Autorización de instalación222,02 €
Autorización de funcionamiento (con o sin instalación previa)318,27 €
Renovación de funcionamiento318,27 €
Modificación de estructura (sin equipamiento electromédico)96,21 €
Modificación de titularidad87,06 €

A estas tasas hay que sumar los honorarios del técnico redactor del proyecto, los costes del equipamiento radiológico (IRCAM, UTPR, PGC), la gestión de residuos y los seguros. El coste total de los trámites (sin obra ni equipamiento) oscila habitualmente entre 2.000 € y 6.000 € dependiendo de la complejidad del expediente y si se contrata asesoramiento externo.

¿Necesitas gestionar la licencia de actividad de tu clínica dental en Madrid?

En LICMAD tramitamos licencias de actividad y declaraciones responsables en Madrid para centros sanitarios, incluidas clínicas dentales. Gestionamos el procedimiento municipal de principio a fin: análisis de compatibilidad urbanística del local, documentación técnica y seguimiento hasta la obtención de la licencia.

Si estás en fase de búsqueda de local o a punto de iniciar la obra, consulta con nosotros antes de firmar el contrato de arrendamiento. El uso del inmueble y las condiciones del local condicionan directamente los plazos y los costes del trámite municipal.

Resumen de privacidad
Logo LICMAD

Esta web utiliza cookies para que podamos ofrecerte la mejor experiencia de usuario posible. La información de las cookies se almacena en tu navegador y realiza funciones tales como reconocerte cuando vuelves a nuestra web o ayudar a nuestro equipo a comprender qué secciones de la web encuentras más interesantes y útiles.

Cookies estrictamente necesarias

Las cookies estrictamente necesarias tiene que activarse siempre para que podamos guardar tus preferencias de ajustes de cookies.

  • PHPSESSID
  • wpEmojiSettingsSupports
  • moove_gdpr_popup
Cookies de análisis y publicidad comportamental

Esta web utiliza Google Analytics para recopilar información anónima tal como el número de visitantes del sitio, o las páginas más populares.

Dejar esta cookie activa nos permite mejorar nuestra web.

  • _ga
  • _ga_*
  • _gcl_au
  • CLID
  • _clck
  • SM
  • MUID
  • MR
  • SRM_B
  • ANONCHK
  • _clsk
  • _cltk