Licencia de Actividad Oficinas:
A efectos de licencias de actividad en el Ayuntamiento de Madrid, se entiende por oficinas aquellos establecimientos destinados al servicio administrativo, financiero o servicio de venta, tales como oficinas, agencias de viaje, sucursales bancarias, etc.
En este tipo de establecimientos deberá tenerse en cuenta toda la normativa de aplicación, debiendo prestar especial atención a:
- el Plan General de Ordenación Urbana de Madrid (PGOUM),
- la Ordenanza General de Protección del Medio Ambiente Urbano (OGPMAU), y
- el Código Técnico de la Edificación, en especial a sus Documentos Básicos de
En LICMAD tenemos una gran experiencia en la tramitación de este tipo de recintos, tanto de pequeñas oficinas en edificios compartidos con otros usos, como de plantas enteras o edificios completos de oficinas, así como de todo tipo de locales comerciales destinados al uso administrativo, financiero o de servicio de venta que se engloban en el uso oficina, como agencias de viaje, sucursales bancarias, etc.
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¿Qué es una licencia de oficina?
Una licencia de actividad para oficinas es un documento emitido por una autoridad local que permite a un negocio operar desde una ubicación específica. Esta licencia es generalmente necesaria para establecer una oficina o centro administrativo. La licencia varía según el tipo de negocio, el tamaño de la oficina y el nivel de actividad previsto
Para obtener una licencia de actividad para oficinas, se requiere presentar una solicitud a la autoridad competente. Por lo general, se debe incluir un plan de negocios detallado, una descripción de la ubicación y el espacio a ser utilizado, así como una lista de los servicios o productos a ofrecer. También se requerirán documentos de identificación de propiedad y documentos de seguro, según sea necesario y pagar una tarifa de licencia.